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España es el Origen de los Derechos Humanos. V centenario de Francisco de Vitoria.

8 julio, 2026Fernando Pérez del RíoComunitarioNo hay comentarios

España es el Origen de los Derechos Humanos. V centenario de Francisco de Vitoria.

Dr. Fernando Pérez del Río

La historia de los derechos humanos suele narrarse desde una perspectiva que sitúa su origen en las revoluciones ilustradas del siglo XVIII, particularmente en la independencia de los Estados Unidos y en la Revolución Francesa. Sin embargo, una lectura más amplia de la historia del pensamiento jurídico permite sostener que, casi todos los principios esenciales que hoy identificamos con los derechos humanos fueron formulados con anterioridad en la Monarquía Hispánica, al calor del descubrimiento y la incorporación de América.

Las Leyes de Burgos de 1512 constituyen uno de los primeros intentos de establecer un cuerpo normativo destinado a proteger jurídicamente a pueblos recién incorporados a la Corona. No fueron un simple reglamento administrativo, sino el resultado de una profunda reflexión moral y jurídica acerca de la condición humana, la legitimidad del poder y los límites de la conquista.

El hallazgo de un continente desconocido planteó cuestiones inéditas para el derecho europeo. Los juristas castellanos comprendieron que no bastaba con trasladar mecánicamente las instituciones peninsulares, sino que era preciso elaborar un ordenamiento adaptado a aquellas nuevas realidades. La Corona recurrió entonces a algunos de los mejores juristas y teólogos de su tiempo para responder a preguntas de enorme trascendencia: ¿eran libres los indígenas?, ¿poseían derechos naturales?, ¿podía justificarse la guerra contra ellos?, ¿cuáles eran los límites morales del poder político?

Las Leyes de Burgos nacieron bajo el impulso de Fernando el Católico y reflejaban la influencia del derecho romano, de la tradición jurídica castellana y de las disposiciones testamentarias de Isabel la Católica. En su testamento, la reina ordenó expresamente que los habitantes de las Indias fueran tratados con justicia y protegidos frente a cualquier abuso, manifestando una preocupación poco frecuente en la política imperial de la época.

Aquellas disposiciones serían desarrolladas posteriormente por los grandes pensadores de la Escuela de Salamanca. En primer lugar destacamos al teólogo, filósofo y jurista Francisco de Vitoria que ejercería como profesor en la Universidad de Salamanca, también destacamos a Domingo de Soto, Melchor Cano y Bartolomé de Medina que conformarían lo que denominamos la escuela de Salamanca y, otros autores elaboraron una doctrina según la cual todos los hombres, con independencia de su origen, religión o cultura, compartían una misma dignidad natural. Sobre esa base construyeron conceptos que hoy reconocemos como antecedentes del derecho internacional, de la soberanía de los pueblos y de los derechos inherentes a toda persona. Así que podríamos decir que el verdadero origen de los Derechos Humanos fue en España.

Especial relevancia alcanzó la Controversia de Valladolid, convocada por Carlos I en 1550. Resulta difícil encontrar un precedente semejante en la historia de las grandes potencias: un imperio deteniendo temporalmente nuevas conquistas para debatir públicamente si su actuación era conforme a la justicia y al derecho natural. El enfrentamiento intelectual entre Ginés de Sepúlveda y Bartolomé de las Casas puso de manifiesto que la propia Monarquía Hispánica sometía a examen moral su actuación, algo excepcional en el contexto político del siglo XVI.

La expansión española en América estuvo acompañada de la fundación de ciudades, universidades, hospitales, catedrales, audiencias y cabildos. Se implantó un complejo entramado jurídico y administrativo que pretendía integrar los nuevos territorios dentro de una misma comunidad política. Bajo Felipe II se desarrolló una planificación urbana extraordinariamente avanzada para su tiempo, con normas destinadas a ordenar el crecimiento de las ciudades y favorecer la convivencia entre españoles e indígenas.

Todo esto tuvo como consecuencia tres siglos de pax hispánica (durante esos siglos europa no dejó de tener guerras continuas). La presencia española en América estuvo dominada por la evangelización, el mestizaje, la creación institucional, la protección jurídica de los indígenas y un intenso debate moral sobre los límites del poder.

La experiencia anglosajona siguió, en términos generales, una evolución distinta. En amplias zonas de Norteamérica predominó un modelo de colonización basado en el asentamiento permanente de población europea, acompañado con frecuencia por el desplazamiento, la segregación o la desaparición y exterminio de numerosas comunidades indígenas. Mientras la Monarquía Hispánica discutía jurídicamente la condición y los derechos de los naturales, en buena parte del ámbito colonial inglés prevalecieron dinámicas orientadas principalmente a la ocupación territorial y a la sustitución demográfica, es decir, el exterminio como ocurrio en EEUU, en Australia, etc.

También conviene revisar críticamente el relato tradicional sobre la Revolución Francesa. La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano representa un hito fundamental del constitucionalismo contemporáneo, pero no puede desligarse del contexto en el que fue proclamada. El Terror revolucionario, las persecuciones religiosas, la represión de la Vendée y la posterior deriva autoritaria del régimen napoleónico muestran que la proclamación de derechos universales convivió con graves violaciones de esos mismos principios. La historia, por tanto, exige evitar tanto la leyenda negra como la leyenda rosa Francesa.

Quizá ha llegado el momento de reconocer con mayor claridad la aportación española a la historia universal del derecho. Mucho antes de que la Ilustración formulara las grandes declaraciones de derechos, España ya había desarrollado un intenso debate sobre la dignidad de toda persona, había promulgado normas pioneras destinadas a proteger a los pueblos indígenas y había construido una gran doctrina jurídica que influiría decisivamente en el nacimiento del derecho internacional.

Por ello, puede sostenerse con fundamento histórico que España ocupa un lugar central entre los antecedentes intelectuales y jurídicos de los derechos humanos modernos. Las Leyes de Burgos, la Escuela de Salamanca y la Controversia de Valladolid constituyen los pilares sobre los que comenzó a edificarse la idea de que la dignidad humana pertenece a todos los hombres por el simple hecho de serlo. Recordar ese legado es reconocer la contribución española cuya importancia ha sido, con frecuencia, insuficientemente valorada.

Etiquetas: cultura, Sociedad

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